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LEY DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES EN EL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJE Y CARGA
Me permito distraer su atención para presentarle mi proyecto de LEY DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES EN EL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJE Y CARGA, ordenamiento de interés público, de observancia obligatoria y tiene por objeto regular la prevención de accidentes en las vías publicas de jurisdicción estatal, a través de la práctica de exámenes psicofísicos, médicos en operación y toxicológicos, para la expedición de los dictámenes y constancias correspondientes al personal que conduce, opera o auxilia en el transporte público de pasaje y carga.
LA SEGURIDAD EN EL SECTOR TRANSPORTE
Es objetivo prioritario para el Sector Transporte la disminución de accidentes.
Los accidentes generan una alta tasa de mortalidad, un número elevado de discapacitados y cuantiosas pérdidas materiales.
El factor humano es la principal causa de accidentes (90%).
Entre los principales factores de riesgo se encuentran: hipertensión arterial, fatiga, enfermedades predisponentes, consumo de drogas y alcohol.
PARA CUMPLIR EN FORMA MÁS ADECUADA Y EFICIENTE EN MATERIA DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES SE DETECTAN LIMITACIONES EN LAS SIGUIENTES ÁREAS
Sin cobertura geográfica en el Estado, para la práctica de Exámenes Psicofísicos, Médicos en Operación y Toxicológicos.
Sin Marco Normativo para la Prevención de Accidentes.
Sin infraestructura para la aplicación de los Exámenes.
Sin base de datos de conductores y personal auxiliar.
ESTRATEGIAS
I. Promover la participación del Sector Privado para la realización de:
1.- EXÁMEN PSICOFÍSICO.
2.- EXÁMEN MÉDICO EN OPERACIÓN.
3.- EXÁMEN TOXICOLÓGICO.
APLICABLES AL PERSONAL QUE CONDUCE O AUXILIA EN EL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJE Y DE CARGA.
II. Adecuar el Marco Normativo de la Seguridad Operacional con una Nueva Ley de Prevención de Accidentes para el Estado.
EXÁMENES PARA LA PREVENCION DE ACCIDENTES
EXÁMEN PSICOFÍSICO
• Conjunto de estudios clínicos de laboratorio y gabinete de carácter médico científico que se practicará al Personal que conduce o auxilia en el Servicio de Transporte Público del Estado .
EXÁMEN MÉDICO EN OPERACIÓN
• Conjunto de estudios médicos con el propósito de evaluar el estado de Salud del Personal que conduce o auxilia en el Transporte Público del Estado .
EXÁMEN TOXICOLÓGICO
• Estudio Químico, Analítico y Clínico para determinar la ingestión de bebidas alcohólicas, detección de psicotrópicos incluyendo medicamentos con este efecto y de todos aquellos fármacos, que, con evidencia médica alteren o puedan alterar la capacidad para el desarrollo de las actividades del Personal que conduce o auxilia en el Transporte Público del Estado .
BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD OPERACIONAL
• Se incrementa la capacidad de detectar riesgos laborales y enfermedades en los operadores, por lo que se reducen costos de operación al contar con una plantilla confiable.
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• Se da cumplimiento a la normatividad que regula las actividades de los concesionarios y permisionarios en materia de seguridad operacional.
• Al prevenir accidentes, se coadyuva en la protección de la vida humana, de la inversión realizada, generándose ahorros al evitar pérdidas humanas y materiales.
• Creación de empleos y reactivación de la Economía.
Con el deseo de que el presente proyecto sea de su interés y útil, agradeceré sus apreciables comentarios y sin otro particular de momento, me es grato quedar su atento servidor.
Lic. Roberto Alfonso Magallón Mijangos
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| LEY DE PREVENCION DE ACCIDENTE.doc | 106.5 KB |
| CURRICULUM VITAE.doc | 63 KB |
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